ACREDITA 2023 – 2ª EDICIÓN | LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y NO ADMITIDOS (Publicado el 13 de septiembre de 2023)
Resolución de 13 de septiembre de 2023 de la dirección del centro, por la que se publica la relación provisional de personas admitidas y no admitidas al procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales e informales, regulado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
En relación con las solicitudes presentadas en este centro entre el 1 de abril y el 31 de agosto de 2023, para la admisión en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, regulado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19 de la Orden de 8 de junio de 2021, la dirección de este centro resuelve sobre la admisión provisional al procedimiento solicitado de las personas que a continuación se relacionan, indicando para cada una de ellas la cualificación o unidades de competencia solicitadas, el estado de su solicitud (admitida o no admitida), las observaciones y, en su caso, los motivos de su inadmisión.
RELACIÓN PROVISIONAL ADMITIDOS
ALEGACIONES AL LISTADO PROVISIONAL (10 días hábiles: desde el 14 al 27 de septiembre de 2023)
Las personas interesadas podrán presentar en el plazo de diez días hábiles (desde el 14 al 27 de septiembre de 2023) las alegaciones que estimen pertinentes, subsanar errores y aportar los documentos exigidos no presentados con su solicitud, a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos mediante el trámite denominado «Acredita 2023 2ª Edición: alegaciones listados provisionales y subsanación de errores». También accesible desde la web del IACP, dirigido al titular de este centro, que resolverá sobre la admisión o no admisión definitiva al procedimiento solicitado.
Si se le ha señalado un código numérico en la columna de Observaciones del listado:
1. Busque la leyenda de dicho código al comienzo del listado. Se han introducido dos nuevos motivos de inadmisión/observaciones (30 y 31) de cuya literalidad puede deducirse su aplicación, y que podrán ser señalados por los centros o por el IACP y los centros, respectivamente. Aquí se puede descargar el listado de motivos de inadmisión / observaciones incluyendo los motivos indicados. Recordamos que la literalidad de algunos motivos/observaciones cambian sensiblemente en la fase de admisión definitiva y que algunos de ellos, especialmente los relativos a errores subsanables y documentación no aportada, no se muestran en los listados definitivos.
2. Subsane el error indicado en la leyenda o aporte la documentación pertinente, durante el período establecido para alegaciones, a través del trámite recogido más arriba.
La alegación debe ir dirigida al centro sede en el que la persona haya sido admitida o no admitida, independientemente de que la solicitud hubiera sido dirigida a un centro sede distinto.
Más información en nuestra sección de PROCEDIMIENTOS DE ACREDITA.